
¿Qué son los Mecanismos de Participación Ciudadana?
Los mecanismos de participación ciudadana son instrumentos legales y gubernamentales diseñados para empoderar a los ciudadanos y permitirles influir de manera directa en la toma de decisiones políticas y en la gestión de los asuntos públicos. Estos mecanismos buscan fortalecer la democracia y promover la transparencia y la rendición de cuentas en el ejercicio del poder público.

¡Estos son los 16 mecanismos que debes conocer!
1. Plebiscito
Los ayuntamientos o el Congreso del Estado pueden solicitar la validación o derogación de una reforma a la Constitución Política del Estado de Jalisco. Ver artículos 51 a 58 de la LSPCPGEJ.
2. Referéndum
La ciudadanía considera la abrogación o derogación de disposiciones legales y constitucionales, decretos, reglamentos, acuerdos o disposiciones de carácter general, expedidas por el Congreso, el titular del Poder Ejecutivo o los Ayuntamientos. Ver artículos 42 a 50 de la LSPCPGEJ.
1. Plebiscito
Los ayuntamientos o el Congreso del Estado pueden solicitar la validación o derogación de una reforma a la Constitución Política del Estado de Jalisco. Ver artículos 51 a 58 de la LSPCPGEJ.
2. Referéndum
La ciudadanía considera la abrogación o derogación de disposiciones legales y constitucionales, decretos, reglamentos, acuerdos o disposiciones de carácter general, expedidas por el Congreso, el titular del Poder Ejecutivo o los Ayuntamientos. Ver artículos 42 a 50 de la LSPCPGEJ.
3. Ratificación Constitucional
Los ayuntamientos o el Congreso del Estado pueden solicitar la validación o derogación de una reforma a la Constitución Política del Estado de Jalisco. Ver artículos 51 a 58 de la LSPCPGEJ.
4. Iniciativa Ciudadana
La ciudadanía puede presentar iniciativas de creación, reforma, adición, derogación o abrogación a las leyes o reglamentos estatales y municipales para que sean analizadas y resueltas por las autoridades responsables. Ver artículos 59 a 67 de la LSPCPGEJ.
3. Ratificación Constitucional
Los ayuntamientos o el Congreso del Estado pueden solicitar la validación o derogación de una reforma a la Constitución Política del Estado de Jalisco. Ver artículos 51 a 58 de la LSPCPGEJ.
4. Iniciativa Ciudadana
La ciudadanía puede presentar iniciativas de creación, reforma, adición, derogación o abrogación a las leyes o reglamentos estatales y municipales para que sean analizadas y resueltas por las autoridades responsables. Ver artículos 59 a 67 de la LSPCPGEJ.
5. Ratificación de Mandato
Participación directa donde la ciudadanía decide si un funcionario de elección popular concluye anticipadamente su ejercicio del cargo público al que fue elegido, siempre y cuando se configuren las causas y se cumplan los procedimientos.
Ver artículos 82 a 96 de la LSPCPGEJ.
6. Revocación de Mandato
Los titulares electos del Poder Ejecutivo y del Congreso del Estado pueden someterse a una votación popular que valore su desempeño al frente del cargo público y, en caso de cumplir con los causales de la Ley, cesar su nombramiento al puesto en cuestión. Ver artículos 68 a 81 de la LSPCPGEJ.
5. Ratificación de Mandato
Participación directa donde la ciudadanía decide si un funcionario de elección popular concluye anticipadamente su ejercicio del cargo público al que fue elegido, siempre y cuando se configuren las causas y se cumplan los procedimientos.
Ver artículos 82 a 96 de la LSPCPGEJ.
6. Revocación de Mandato
Los titulares electos del Poder Ejecutivo y del Congreso del Estado pueden someterse a una votación popular que valore su desempeño al frente del cargo público y, en caso de cumplir con los causales de la Ley, cesar su nombramiento al puesto en cuestión. Ver artículos 68 a 81 de la LSPCPGEJ.
7. Consulta Popular
Es un mecanismo donde la autoridad correspondiente debe solicitar la
opinión de las y los ciudadanos sobre temas de carácter público o
impacto social.
Ve Artículos 97- 104, Ley del Sistema de Participación Ciudadana y
Popular para la Gobernanza del Estado de Jalisco.
8. Presupuesto Participativo
Las y los ciudadanos definen la aplicación de un porcentaje de los recursos públicos destinados a la inversión pública. Ver artículos 105 a 110 de la LSPCPGEJ. .
7. Consulta Popular
Es un mecanismo donde la autoridad correspondiente debe solicitar la opinión de las y los ciudadanos sobre temas de carácter público o impacto social.
Ve Artículos 97- 104, Ley del Sistema de Participación Ciudadana y Popular para la Gobernanza del Estado de Jalisco.
9. Comparecencia Pública
La ciudadanía puede dialogar y debatir directamente con los funcionarios responsables respecto de la actuación gubernamental para la proposición de actos de mejora. Ver artículos 111 a 119 de la LSPCPGEJ.
10. Proyecto Social
Los habitantes promueven la solución de necesidades y problemáticas locales mediante la proposición de proyectos sociales a su ayuntamiento. Ver artículos 120 a 123 de la LSPCPGEJ.
9. Comparecencia Pública
La ciudadanía puede dialogar y debatir directamente con los funcionarios responsables respecto de la actuación gubernamental para la proposición de actos de mejora. Ver artículos 111 a 119 de la LSPCPGEJ.
11. Asamblea Popular
Los ciudadanos construyen un espacio de discusión y resolución a problemas locales y comunitarios, remitiendo los resultados a las autoridades competentes. Ver artículos 124 a 127 de la LSPCPGEJ.
12. Ayuntamiento Abierto
Los habitantes tienen derecho a presentar propuestas o peticiones a su ayuntamiento, mediante sesiones abiertas vinculatorias. Ver artículos 128 a 132 de la LSPCPGEJ.
11. Asamblea Popular
Los ciudadanos construyen un espacio de discusión y resolución a problemas locales y comunitarios, remitiendo los resultados a las autoridades competentes. Ver artículos 124 a 127 de la LSPCPGEJ.
13. Colaboración Popular
La ciudadanía participa en la ejecución de una obra o prestan un servicio existente, aportando recursos económicos, materiales o trabajo personal en coordinación con el gobierno estatal o los ayuntamientos. Ver artículos 133 a 134 de la LSPCPGEJ.
14. Planeación Participativa
Mecanismo para que el proceso de elaboración y seguimiento a los instrumentos de planeación para el desarrollo estatal, sectorial, regional o municipal se dé de forma coordinada entre la ciudadanía y el Gobierno. Ver artículo 135 de la LSPCPGEJ.
13. Colaboración Popular
La ciudadanía participa en la ejecución de una obra o prestan un servicio existente, aportando recursos económicos, materiales o trabajo personal en coordinación con el gobierno estatal o los ayuntamientos. Ver artículos 133 a 134 de la LSPCPGEJ.
15. Diálogo Colaborativo
La ciudadanía puede solicitar al consejo de participación ciudadana correspondiente una reunión con la autoridad adecuada para establecer acuerdos y consensos respecto de un tema de interés común. Ver artículos 136 a 143 de la LSPCPGEJ.
16. Contraloría Social
La ciudadanía y los organismos del sector social privado conforman una instancia de vigilancia, observación y verificación a las políticas, obras, programas o asuntos de interés social que son obligación del Estado. Ver artículos 144 a 151 de la LSPCPGEJ.
15. Diálogo Colaborativo
La ciudadanía puede solicitar al consejo de participación ciudadana correspondiente una reunión con la autoridad adecuada para establecer acuerdos y consensos respecto de un tema de interés común. Ver artículos 136 a 143 de la LSPCPGEJ.
16. Contraloría Social
La ciudadanía y los organismos del sector social privado conforman una instancia de vigilancia, observación y verificación a las políticas, obras, programas o asuntos de interés social que son obligación del Estado. Ver artículos 144 a 151 de la LSPCPGEJ.